Muchos de nosotros utilizamos las palabras de tasas e impuestos como si fuesen sinónimos, pero lo cierto es que son términos muy diferentes.
Las tasas son cobradas al ciudadano como una contraprestación directa para un determinado servicio que solicita el mismo. En cambio, aunque la cuantía de los impuestos se utiliza para diferentes fines, lo cierto es que no hay la misma relación que con las tasas.
Por decirlo de alguna manera, al abonar las tasas conocemos el grado de beneficio que obtenemos, lo que no pasa con los impuestos.
Otra importante diferencia es que, mientras que los impuestos son obligatorios, las tasas no lo son estrictamente hablando: por lo general, no estás obligado a hacer ese trámite que existe el pago de las tasas.
Podrás entender mejor el concepto de la tasa conociendo algunos ejemplos.
Tasas más comunes que se pagan en el ayuntamiento
Tasas de licencia de apertura
Cuando se quiere abrir un determinado negocio, habrá que afrontar una serie de tasas que vienen determinadas por el ayuntamiento, por el tipo de actividad que se lleve a cabo, por la situación en la que está el inmueble, entre otros factores.
Se aplica una tasa por el tipo de obra, superficie y procedimiento, determinando si se trata de una actividad calificada o inocua.
También hay otros pagos, como el ICIO (siglas de Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras) y un aval para la Gestión de los Residuos de obra.
Tasas de mercadillo
Existe también tasas de mercados, mercadillos y sobre tipos de venta no sedentaria. Incluye la ocupación, uso y disfrute de los locales, casetas, puestos o lonjas que estén dispuestos en la vía pública. También gravan el derecho de ocupación, disfrute de puestos, casetas y locales, y las ampliaciones o cambios de actividad.
Los sujetos pasivos de esta tasa son las personas físicas o jurídicas que están regidas bajo el artículo 35 de la Ley General tributaria a los que les pueda afectar los servicios o actividades que grava dicha ordenanza.
La cuantía de esta tasa dependerá mucho del ayuntamiento en el que se abone, por lo que deberías consultarlo directamente con el mismo.
Tasas por un certificado de empadronamiento
Un error muy habitual que cometemos es pensar que un volante de empadronamiento y un certificado de empadronamiento es lo mismo, pero nada más lejos. Lo más habitual es que tan solo nos pidan el primero, ya que servirá para acreditar que vivimos en un determinado domicilio.
Suele ser requerido para demostrar que vivimos ahí por si queremos pedir un ayuda, para contraer matrimonio, dar de alta servicios, etc.
En cambio, el certificado de empadronamiento es un documento que tiene mucho más valor, aunque solo se pide en contadas ocasiones. En el caso de que lo tengas que solicitar, este si que exige el pago de una determinada tasa. En cualquier caso, es una tasa de valor pequeño, de unos 2,5€ aproximadamente.
Tasa de agua
No es propia de todos los ayuntamientos, pero si de algunos de ellos. Esta tasa grava el hecho de tener acceso a agua potable; por lo general, se abona en aquellos lugares en el que el agua es un bien muy preciado o en el que se llevan a cabo labores especiales de mantenimiento para poder garantizar su suministro.
Por ejemplo, son muy habituales en zonas residenciales en las que se construyen urbanizaciones vacacionales.
Tasas por reconocimientos, autorizaciones y concursos
Estas tasas también son muy comunes: en el caso de que nos pidan un cierto reconocimiento o autorización, suele ser muy habitual que tengamos que ir al ayuntamiento para pagar la tasa relacionada. Y lo mismo ocurre con los concursos.
En este caso, lo más habitual es que se tenga que imprimir el formulario de la TASA 056. No hace falta acudir al ayuntamiento para hacer el pago de la misma, ya que se puede tramitar a través de Internet.
Otras tasas
Aquí encontrarás otra relación de tasas que también resultan bastante habituales:
- Certificado de acuerdos o resoluciones corporativas: aquellos documentos que estén relacionados con la Administración Municipal, con independencia de su naturaleza. El Ayuntamiento tan solo registra aquellos que puedan tener una antigüedad máxima de 10 años.
- Copia de expedientes administrativos: en determinadas situaciones, es posible que necesitemos una copia de algún expediente administrativo, como puede ser el informe de un bombero. Este tipo de trámite también viene gravado con una determinada tasa.
- Bastanteo de poderes: El bastanteo de poderes por Letrado Municipal, cuando existan antecedentes en la Asesoría Jurídica Municipal, también se podrá solicitar en ciertos ayuntamientos, previo pago de la tasa correspondiente. También encontramos aquí aquellos que están sujetos al Convenio de la Haya (es decir, los internacionales).
- Certificados de aval o depósito: si se quiere un certificado de aval o depósito que se haya constituido en la Tesorería, desde el ayuntamiento correspondiente nos lo pueden formalizar.
- Certificado de estar al corriente de los tributos municipales: ciertos organismos pueden requerirnos este certificado por diferentes motivos. La única manera de obtenerlo es a través del Ayuntamiento, ya que este organismo tendrá acceso a dicha información.
- Certificado de pago o duplicado de recibo pago: en ciertas ocasiones no nos sirve únicamente con un certificado de pago, sino que tendremos que acreditar el mismo en diferentes organismos. El hecho de duplicar un recibo de pago también requiere del pago de una tasa.
- Copia de atestado o informe: aquellos atestados o informes que hayan sido expedidos por la Policía Civil no nos saldrán gratuitos. Los formalizaremos en el ayuntamiento y tendremos que abonar la tasa correspondiente.
- Permiso de armas de cuarta categoría: tanto como si el arma es de gas comprimido, como si es de aire, estará sujeto a determinados formularios con sus tasas.
- Informe sobre señalizaciones: tanto como si es sobre señalizaciones verticales, horizontales, de semáforos, para certificar las condiciones en las que se encuentra la vida, y/o aquellas que requieran de un dictamen técnico de carácter pericial, también se asocian con el pago de una tasa.
Estas son algunas de las tasas que solemos pagar en el ayuntamiento de nuestra ciudad.