La plusvalía es un tributo que se ha de abonar cada vez que se complementa la venta de un inmueble. El objetivo de este tasa es conocer cuánto ha aumentado de valor con el pasar de los años, y así pagar los aranceles correspondientes. Si has vendido un inmueble últimamente, debes acercarte al Ayuntamiento de Arganda del Rey para que te expliquen cómo pagar la plusvalía y así evitar penalizaciones.
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Otras tasas a pagar
Cómo pagar la plusvalía
Existen varias formas para liquidar este gravamen, ya sea ingresando la totalidad del dinero, o pago a plazos, ingresando una cantidad mes a mes. Si quieres informarte mejor, contacta con el Ayuntamiento de Arganda del Rey y pregunta cómo puedes liquidar este tributo.
- Dirección: Plaza de la Constitución, 1, 28500 Arganda del Rey, Madrid
- Teléfono: 918 71 13 44
- Email: –
Otros trámites asociados a la plusvalía
Foto del Ayuntamiento de Arganda del Rey
Otras oficinas
✔️ Plusvalía municipal en Arganda Del Rey: datos 2026
- Quién lo gestiona: Ayuntamiento de Arganda del Rey (gestión y recaudación municipal del IIVTNU)
- Cómo se presenta: Declaración/liquidación ante el Ayuntamiento (el obligado declara la transmisión; consultar en el Ayuntamiento si procede autoliquidación o…
- Plazos de presentación: 30 días hábiles desde la transmisión (compraventas y donaciones) · herencia: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta 1 año a solicitud del interesado
Para el importe exacto y el detalle vigente, consulta siempre la sede electrónica del ayuntamiento. Más información en nuestra guía sobre la plusvalía municipal (IIVTNU).
✔️ Preguntas frecuentes
¿Cómo se calcula la plusvalía municipal en Arganda del Rey?
Conforme al RD-ley 26/2021, puedes elegir entre el método objetivo (valor catastral del suelo por coeficientes según años) y el método real (diferencia entre precio de venta y de compra del suelo). Se aplica el método que resulte más beneficioso y, si no hay incremento de valor, no se paga el impuesto.
¿Quién gestiona la plusvalía en Arganda del Rey?
La gestiona y recauda directamente el propio Ayuntamiento de Arganda del Rey, administración competente donde se sitúa el inmueble.
¿Qué plazo tengo para presentar la plusvalía?
30 días hábiles en compraventas y donaciones (actos inter vivos) y 6 meses en herencias, prorrogables hasta 1 año si lo solicitas.
¿Se paga plusvalía si vendo con pérdidas?
No. Desde el RD-ley 26/2021, si no existe incremento de valor del terreno entre la compra y la venta, la operación no está sujeta al impuesto; debes declararlo y acreditarlo.
¿Cuál es el tipo de gravamen de la plusvalía en Arganda del Rey?
El tipo exacto lo fija la ordenanza fiscal municipal (con un máximo legal del 30%). Debe consultarse la ordenanza vigente en el Ayuntamiento de Arganda del Rey.