Plusvalía Municipal en Huelva

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Plusvalía · Huelva

Plusvalía municipal en Huelva

Todo sobre la plusvalía municipal (IIVTNU) en Huelva (Huelva): tipo de gravamen, cómo se calcula con los dos métodos, quién la paga, plazos, bonificaciones y cómo tramitarla en la APT de Huelva.

Tipo30%
ImpuestoIIVTNU
PagaEl vendedor
Tipo de gravamen en Huelva
30 %

Huelva aplica un tipo del 30% (ordenanza fiscal nº 5). El Ayuntamiento (Recaudación y Rentas) atiende la presentación, pero la gestión y recaudación del IIVTNU está delegada en la Agencia Provincial Tributaria de Huelva.

📌Qué es la plusvalía municipal

La plusvalía municipal —oficialmente Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)— es un tributo local que grava el aumento de valor del suelo urbano desde que lo compraste hasta que lo transmites (venta, donación o herencia). Lo cobra el Ayuntamiento de Huelva.

📍Dónde se tramita

La plusvalía de Huelva la gestiona la Agencia Provincial Tributaria de Huelva (APT / SGTH, Diputación de Huelva), con gestión delegada por el Ayuntamiento. Puedes presentarla y pagarla online en apthuelva.es o informarte en el 959 21 05 14. Necesitarás la escritura de compra y la de la nueva transmisión.

🧮Cómo se calcula

Desde la reforma de 2021 (RD-ley 26/2021) puedes elegir el método que te resulte más favorable, y el ayuntamiento aplica el menor:

Método objetivo

Valor catastral del suelo × un coeficiente que depende de los años de tenencia; sobre esa base imponible se aplica el tipo de gravamen del municipio.

Método real

Diferencia real entre el valor de transmisión y el de adquisición del suelo. Si no hubo incremento, no se paga (aunque hay que declararlo).

Tienes el detalle y ejemplos en nuestra guía general de la plusvalía municipal.

⏱️Quién paga y plazos

Situación Detalle
Compraventa Paga el vendedor. Plazo: 30 días hábiles
Donación Paga quien recibe. Plazo: 30 días hábiles
Herencia Pagan los herederos. Plazo: 6 meses, prorrogables a 12

💸Bonificaciones y casos especiales

Herencia (vivienda habitual) Muchos municipios bonifican la transmisión mortis causa entre familiares directos
Venta con pérdidas Si no hubo incremento de valor del suelo, la operación no está sujeta
Dación en pago Exenta en los supuestos previstos legalmente

Consulta los requisitos concretos en la ordenanza fiscal vigente de Huelva.

📞Datos de contacto

Gestión tributaria Agencia Provincial Tributaria de Huelva (APT/SGTH — Diputación)
Teléfono (Ayto., plusvalía) 959 21 05 14
Sede del gestor apthuelva.es
Web municipal huelva.es

Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en Huelva?

En una compraventa la paga el vendedor; en una donación, quien recibe; en una herencia, los herederos.

¿Tengo que pagar si vendí con pérdidas?

No. Si acreditas con las escrituras que no hubo incremento de valor del suelo no estás sujeto, pero debes presentar la declaración igualmente.

¿Qué pasa si no la presento en plazo?

Se generan recargos e intereses de demora. Conviene presentarla dentro de los 30 días hábiles (o 6 meses en herencias).