El impuesto de la plusvalía se ha de pagar en cada ocasión que se vende una finca. El objeto de este gravamen es saber cuánto ha aumentado de valor con los años, y así cumplir con los impuestos que correspondan. Si has vendido un inmueble últimamente, debes acercarte al Ayuntamiento de Pilar de la Horadada para que te expliquen cómo liquidar la plusvalía y así evitar multas.
Tabla de contenidos
Otras tasas a pagar
Cómo pagar la plusvalía
Hay varias formas para pagar este impuesto, ya sea ingresando la cantidad total, o pago a plazos, abonando una cantidad todos los meses. Si quieres informarte mejor, contacta con el Ayuntamiento de Pilar de la Horadada y pregunta cómo podrías liquidar este tributo.
- Dirección: Calle Campoamor T H, 2, 03190 Pilar de la Horadada, Alicante
- Teléfono: 965 35 22 25
- Email: –
Otros trámites asociados a la plusvalía
Foto del Ayuntamiento de Pilar de la Horadada
Otras oficinas
✔️ Plusvalía municipal en Pilar de la Horadada: datos 2026
- Quién lo gestiona: SUMA Gestion Tributaria (Diputacion de Alicante), por delegacion del Ayuntamiento de Pilar de la Horadada
- Cómo se presenta: declaracion-liquidacion / autoliquidacion del IIVTNU a traves de SUMA
- Plazos de presentación: 30 dias habiles desde la escritura (compraventa/donacion) · herencia: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta 1 ano solicitandolo dentro de los 6 primeros…
- Teléfono: 965 35 22 25 (Ayuntamiento de Pilar de la Horadada)
- Sede / pago online: suma.es
Para el importe exacto y el detalle vigente, consulta siempre la sede electrónica del ayuntamiento. Más información en nuestra guía sobre la plusvalía municipal (IIVTNU).
✔️ Preguntas frecuentes
¿Quien gestiona la plusvalia en Pilar de la Horadada?
La gestiona SUMA Gestion Tributaria (Diputacion de Alicante), por delegacion del Ayuntamiento. La declaracion-liquidacion del IIVTNU se tramita a traves de SUMA (suma.es), que tiene oficina en el municipio.
¿Cuanto se paga de plusvalia en Pilar de la Horadada?
El tipo de gravamen lo fija la ordenanza fiscal municipal y no puede superar el 30% legal. Conviene consultar el tipo y coeficientes vigentes en SUMA o en el Ayuntamiento antes de autoliquidar.
¿Se paga plusvalia si vendo sin beneficio?
No. Desde el RD-ley 26/2021, si no ha existido incremento de valor entre la compra y la venta no hay plusvalia a pagar, siempre que se acredite con las escrituras.
¿Cual es el plazo para presentar la plusvalia?
En compraventa o donacion, 30 dias habiles desde la escritura. En herencia, 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un ano si se solicita dentro de los primeros seis meses.