El impuesto de la plusvalía se ha de liquidar en cada ocasión que se acaba vendiendo un inmueble. La finalidad de este arancel es calcular cuánto ha incrementado su valor con el tiempo, y así abonar los tasas obligatorios. Si has vendido un inmueble recientemente, debes ir al Ayuntamiento del Vendrell para que te expliquen cómo pagar la plusvalía y así evitar multas.
Tabla de contenidos
Otras tasas a pagar
Cómo pagar la plusvalía
Hay varias formas para liquidar esta tasa, ya sea con un ingreso por la totalidad del dinero, o a plazos, ingresando cantidades todos los meses. Para saber más, ponte en contacto con el Ayuntamiento del Vendrell y pregunta cómo puedes abonar este tributo.
- Dirección: Camí del Tomoví, 30, 43700 El Vendrell, Tarragona
- Teléfono: 977 66 05 26
- Email: [email protected]
Otros trámites asociados a la plusvalía
Foto del Ayuntamiento del Vendrell
Otras oficinas
✔️ Plusvalía municipal en El Vendrell: datos 2026
- Quién lo gestiona: Gestió Tributària de l’Ajuntament del Vendrell (gestión y recaudación municipal propia; BASE-Gestió d’Ingressos de la Diputació de Tarragona solo interviene…
- Plazos de presentación: 30 días hábiles desde la transmisión (compraventa/donación) · herencia: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta 1 año
- Teléfono: 977 66 05 26
- Sede / pago online: elvendrell.net
Para el importe exacto y el detalle vigente, consulta siempre la sede electrónica del ayuntamiento. Más información en nuestra guía sobre la plusvalía municipal (IIVTNU).
✔️ Preguntas frecuentes
¿Quién gestiona la plusvalía en El Vendrell?
La plusvalía (IIVTNU) la gestiona y recauda la propia Oficina de Gestió Tributària del Ajuntament del Vendrell, situada en la c/ Narcís Monturiol, 24-26. El municipio ofrece además la Cuenta de Pago Personalizada de BASE-Gestió d’Ingressos (Diputación de Tarragona) para fraccionar el pago de tributos sin intereses.
¿Qué es la plusvalía municipal y cuándo se paga?
Es el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), un impuesto directo que grava el aumento de valor del suelo urbano al transmitir su propiedad. Se paga al vender, donar o heredar un inmueble urbano: 30 días hábiles en compraventa o donación y 6 meses (prorrogables a un año) en herencia.
¿Cómo se puede evitar pagar la plusvalía?
Desde el RD-ley 26/2021 no se paga si no ha habido incremento de valor del terreno entre la adquisición y la transmisión; hay que acreditarlo con las escrituras. Existen además exenciones legales (dación en pago, ejecución hipotecaria de la vivienda habitual) y bonificaciones potestativas por herencia de la vivienda habitual.
¿Qué documentos hay que aportar?
Escritura de la transmisión actual (compraventa, donación o aceptación de herencia), escritura de adquisición anterior, referencia catastral o recibo del IBI, y DNI/NIF de las partes. En El Vendrell se presenta ante la Oficina de Gestió Tributària municipal.