IBI en Chiloeches

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IBI en Chiloeches

Guía del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) en Chiloeches (Castilla-La Mancha): tipo impositivo, cómo se calcula con un ejemplo, cuándo se paga, bonificaciones y cómo abonarlo en la Diputación de Guadalajara.

Tipo urbano0,5500%
Devengo1 de enero
PeriodicidadAnual
Tipo impositivo IBI urbano
0,5500 %

Tipo del IBI urbano en Chiloeches. El Ayuntamiento tiene delegada la gestión y recaudación en el Servicio Provincial de Recaudación de la Diputación de Guadalajara.

📌Qué es el IBI

El Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) es un tributo municipal anual que grava la propiedad de viviendas, locales, garajes y terrenos. En Chiloeches lo paga quien sea titular a 1 de enero de cada año.

🧮Cómo se calcula

La cuota resulta de multiplicar el valor catastral × tipo impositivo, menos bonificaciones.

Ejemplo orientativo: una vivienda con un valor catastral de 100.000 € al 0,5500% pagaría unos 550 €/año antes de bonificaciones.

Puedes estimarlo con la calculadora de IBI de nuestra guía general.

📅Cuándo se paga

El Servicio Provincial de Recaudación de la Diputación de Guadalajara publica el calendario fiscal; puedes domiciliar el IBI y fraccionarlo.

💸Bonificaciones y exenciones

Familia numerosa Bonificación según categoría y valor catastral
VPO Bonificación durante los primeros años desde la calificación
Energía solar Bonificación por instalación de placas fotovoltaicas
Domiciliación Descuento o facilidades y pago fraccionado

Las cuantías y requisitos exactos están en la ordenanza fiscal de Chiloeches.

📍Dónde se paga

El IBI de Chiloeches lo gestiona el Servicio Provincial de Recaudación de la Diputación de Guadalajara (gestión delegada por el Ayuntamiento). Puedes pagarlo online en recaudacion.dguadalajara.es, por teléfono en el 949 887 582, por domiciliación bancaria o en entidades colaboradoras.

📞Datos de contacto

Gestión tributaria Servicio Provincial de Recaudación — Diputación de Guadalajara
Teléfono 949 887 582
Oficina virtual recaudacion.dguadalajara.es

Preguntas frecuentes

¿Quién paga el IBI, el propietario o el inquilino?

Lo paga quien sea titular del inmueble a 1 de enero, salvo pacto en el contrato de alquiler.

¿Dónde consulto mi valor catastral?

En el recibo del IBI o en la Sede Electrónica del Catastro (sedecatastro.gob.es).

¿Puedo fraccionar el pago?

Sí, habitualmente domiciliando el recibo puedes acogerte al pago a plazos o al sistema especial de pago.