Impuesto de Bienes Inmuebles: Ayuntamiento de Otívar

El IBI es una tasa que se paga anualmente. Este tributo es obligatorio y deben pagarlo todos los dueños que tengan un inmueble.

Generalmente, se liquida con una cuota, pero algunos ayuntamientos ofrecen facilidades para liquidarlo a plazos. Si tienes algún local cerca de Otívar, Granada, seguramente tengas que presentarte a su ayuntamiento para abonar el trámite o domiciliarlo en tu cuenta bancaria.

¿Dónde preguntar sobre el IBI?


Ayuntamiento de Otívar Aquí tienes en código QR la dirección exacta del Ayuntamiento de Otívar y preguntes por el IBI.

Más trámites que puedes realizar

Te aconsejamos que estés al día de todos tus impuestos para evitar multas. Aquí te ofrecemos una lista de los más habituales.

Contacta aquí y pregunta sobre el IBI

Web Teléfono email
otivar.es 958 64 50 01

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