El IBI es una tasa que se paga año tras año. Esta tasa es tiene carácter obligatorio y deben abonarlo todos los propietarios que tengan una casa.
Normalmente, se paga con un pago, pero algunos ayuntamientos facilitan para liquidarlo con mensualidades. Si tienes alguna propiedad cerca de Alcorcón, Madrid, con mucha probabilidad tengas que presentarte a su oficina para pagar el impuesto o domiciliarlo en la cuenta de tu caja de ahorros.
Tabla de contenidos
¿Dónde preguntar sobre el IBI?
Más trámites que puedes realizar
Se aconseja que te encuentres al día del abono de las tasas para evitar multas. Tienes aquí una lista de los más buscados.
- Pedir cita previa en el Ayuntamiento De Alcorcón
- Empadronamiento en Ayuntamiento De Alcorcón, Madrid
- Pago de tasas en el Ayuntamiento De Alcorcón
- Pagar multas de tráfico en Ayuntamiento De Alcorcón
- Oposiciones y bolsa de trabajo para el Ayuntamiento De Alcorcón
- Plusvalía en Ayuntamiento De Alcorcón, Alcorcón
Contacta aquí y pregunta sobre el IBI
| Web | Teléfono | |
|---|---|---|
| – | – | – |
Oficinas cercanas que pueden ayudarte
Más preguntas frecuentes (2026)
¿Cuándo se paga el IBI en Alcorcón?
El periodo voluntario de pago del IBI en Alcorcón se divide en dos tramos de varios meses dentro del año; los recibos domiciliados se cargan en las fechas que fija cada año la ordenanza fiscal. Conviene consultar el calendario del contribuyente del Ayuntamiento, ya que las fechas exactas pueden variar de un ejercicio a otro.
¿Cómo domicilio el IBI en Alcorcón y tiene alguna ventaja?
Puedes domiciliar el recibo en tu cuenta bancaria desde la sede electrónica del Ayuntamiento o en sus oficinas tributarias. Alcorcón ofrece además un Sistema Especial de Pago que permite fraccionar los tributos habituales con cargo en cuenta y aplica una bonificación por acogerse a él.
¿Hay bonificaciones en el IBI de Alcorcón para familias numerosas?
Sí, Alcorcón contempla una bonificación potestativa en la cuota del IBI para familias numerosas, graduada según la categoría y el valor catastral de la vivienda. La solicitud debe presentarse en el plazo que marque la ordenanza, por lo que conviene pedirla con antelación cada año.
¿El IBI es lo mismo que el IVA?
No. El IBI es un impuesto municipal anual que grava la titularidad de inmuebles y lo recauda el Ayuntamiento; el IVA es un impuesto estatal sobre el consumo. Son tributos distintos, con hecho imponible y administración diferentes.