El tributo «Plusvalía» se ha de abonar cada vez que se vende una finca. El objeto de este tasa es calcular cuánto se ha revalorizado con el pasar de los años, y así liquidar los aranceles obligatorios. Si has traspasado un inmueble hace poco, debes ir al Ayuntamiento de Antequera para conocer cómo liquidar la plusvalía y librarse penalizaciones.
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Otras tasas a pagar
Cómo pagar la plusvalía
Existen varias formas para liquidar esta tasa, ya sea abonando la totalidad del dinero, o pago a plazos, abonando cantidades todos los meses. Para informarte debidamente, habla con el Ayuntamiento de Antequera y pregúntales cómo puedes abonar este impuesto.
- Dirección: Calle Infante Don Fernando, 70, 29200 Antequera, Málaga
- Teléfono: 952 70 81 00
- Email: –
Otros trámites asociados a la plusvalía
Foto del Ayuntamiento de Antequera
Otras oficinas
✔️ Plusvalía municipal en Antequera: datos 2026
- Quién lo gestiona: Patronato de Recaudación Provincial de Málaga (Agencia Pública de Servicios Económicos Provinciales de Málaga, dependiente de la Diputación de Málaga);…
- Cómo se presenta: autoliquidación (autoliquidación telemática disponible en la sede del Patronato)
- Plazos de presentación: 30 días hábiles desde la transmisión (plazo legal general, art. 110 TRLRHL) · herencia: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta 1 año a solicitud (plazo…
- Teléfono: 951 957 000 (atención telefónica del Patronato de Recaudación Provincial de Málaga)
- Sede / pago online: sede.malaga.es
Para el importe exacto y el detalle vigente, consulta siempre la sede electrónica del ayuntamiento. Más información en nuestra guía sobre la plusvalía municipal (IIVTNU).
✔️ Preguntas frecuentes
¿Quién gestiona la plusvalía municipal en Antequera?
La gestiona el Patronato de Recaudación Provincial de Málaga, organismo de la Diputación de Málaga, que tiene oficina en Antequera. Puedes autoliquidar el impuesto de forma telemática en su sede electrónica.
¿Cómo se calcula la plusvalía en Antequera?
Desde el RD-ley 26/2021 puedes elegir el método más favorable: el objetivo (valor catastral del suelo por un coeficiente según los años de tenencia) o el real (diferencia entre el precio de compra y el de venta). Sobre la base se aplica el tipo de gravamen que fije la ordenanza municipal, con un máximo legal del 30%.
¿Qué pasa si vendo sin ganancia?
Si no ha habido incremento de valor del terreno entre la compra y la venta, no se paga el impuesto. Tras el RD-ley 26/2021 las transmisiones sin ganancia están no sujetas, pero debes acreditarlo con las escrituras.
¿Qué plazo tengo para presentar la plusvalía?
En transmisiones entre vivos (compraventa, donación) el plazo es de 30 días hábiles desde la operación. En herencias es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si lo solicitas dentro de ese plazo.