La plusvalía es un tributo que se ha de liquidar cada vez que se acaba vendiendo un inmueble. La finalidad de este gravamen es conocer cuánto se ha revalorizado con el tiempo, y así pagar los impuestos que correspondan. Si has vendido un inmueble recientemente, debes acercarte al Ayuntamiento de Cercedilla para informarte sobre cómo liquidar la plusvalía y evitar multas.
Tabla de contenidos
Otras tasas a pagar
Cómo pagar la plusvalía
Existen varias formas para abonar este impuesto, ya sea ingresando la cantidad total, o a plazos, ingresando una cantidad mes a mes. Si quieres más info, contacta con el Ayuntamiento de Cercedilla y pregunta cómo puedes liquidar este tributo.
- Dirección: Plaza Mayor, 1, 28470 Cercedilla, Madrid
- Teléfono: 918 52 57 40
- Email: [email protected]
Otros trámites asociados a la plusvalía
Foto del Ayuntamiento de Cercedilla
Otras oficinas
✔️ Plusvalía municipal en Cercedilla: datos 2026
- Quién lo gestiona: Ayuntamiento de Cercedilla (gestión propia; recaudación municipal, NO delega en la Agencia Tributaria de Madrid ni en la Comunidad)
- Cómo se presenta: Autoliquidación / declaración según ordenanza fiscal municipal del IIVTNU
- Plazos de presentación: 30 días hábiles desde la transmisión (compraventa/donación), plazo general estatal del IIVTNU · herencia: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta 1 año a…
- Teléfono: 918 52 57 40
- Sede / pago online: sederecaudacioncercedilla.eadministracion.es
Para el importe exacto y el detalle vigente, consulta siempre la sede electrónica del ayuntamiento. Más información en nuestra guía sobre la plusvalía municipal (IIVTNU).
✔️ Preguntas frecuentes
¿Quién gestiona la plusvalía municipal en Cercedilla?
La gestiona directamente el propio Ayuntamiento de Cercedilla a través de su servicio de recaudación municipal. El pago y las autoliquidaciones pueden realizarse de forma telemática en la sede electrónica de recaudación del Ayuntamiento (sederecaudacioncercedilla.eadministracion.es).
¿Cuándo hay que pagar la plusvalía en Cercedilla?
En transmisiones entre vivos (compraventa o donación) el plazo general es de 30 días hábiles desde la fecha de la transmisión. En caso de herencia, el plazo es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año si se solicita dentro de esos seis meses.
Si vendo sin ganancia, ¿tengo que pagar la plusvalía?
No. Desde la reforma del RD-ley 26/2021, si no ha existido incremento de valor del terreno entre la compra y la venta, no se paga el impuesto; hay que acreditarlo (por ejemplo, con las escrituras de adquisición y transmisión) ante el Ayuntamiento. Además puede elegirse el método de cálculo (real u objetivo) que resulte más favorable.
¿Cuál es el tipo de gravamen de la plusvalía en Cercedilla?
El tipo concreto lo fija la ordenanza fiscal municipal y por ley no puede superar el 30%. Para conocer el porcentaje exacto y los coeficientes aplicables conviene consultar la ordenanza vigente o contactar con el Ayuntamiento en el 918 52 57 40.