Plusvalía Municipal en Guadalajara

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Plusvalía municipal en Guadalajara

Todo sobre la plusvalía municipal (IIVTNU) en Guadalajara (Castilla-La Mancha): tipo de gravamen, cómo se calcula con los dos métodos, quién la paga, plazos, bonificaciones y cómo tramitarla en el Ayuntamiento de Guadalajara.

TipoHasta 30%
ImpuestoIIVTNU
PagaEl vendedor
Tipo de gravamen en Guadalajara
Hasta el 30 %

El 30% es el máximo legal; el tipo exacto lo fija la ordenanza fiscal de Guadalajara. La plusvalía se autoliquida en la Oficina Tributaria municipal.

📌Qué es la plusvalía municipal

La plusvalía municipal —oficialmente Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)— es un tributo local que grava el aumento de valor del suelo urbano desde que lo compraste hasta que lo transmites (venta, donación o herencia). Lo cobra el Ayuntamiento de Guadalajara.

📍Dónde se tramita

La plusvalía de Guadalajara la gestiona el Ayuntamiento de Guadalajara (Oficina Tributaria municipal). Puedes presentarla y pagarla online en sedeelectronica.guadalajara.es o informarte en el 949 887 083. Necesitarás la escritura de compra y la de la nueva transmisión.

🧮Cómo se calcula

Desde la reforma de 2021 (RD-ley 26/2021) puedes elegir el método que te resulte más favorable, y el ayuntamiento aplica el menor:

Método objetivo

Valor catastral del suelo × un coeficiente que depende de los años de tenencia; sobre esa base imponible se aplica el tipo de gravamen del municipio.

Método real

Diferencia real entre el valor de transmisión y el de adquisición del suelo. Si no hubo incremento, no se paga (aunque hay que declararlo).

Tienes el detalle y ejemplos en nuestra guía general de la plusvalía municipal.

⏱️Quién paga y plazos

Situación Detalle
Compraventa Paga el vendedor. Plazo: 30 días hábiles
Donación Paga quien recibe. Plazo: 30 días hábiles
Herencia Pagan los herederos. Plazo: 6 meses, prorrogables a 12

💸Bonificaciones y casos especiales

Herencia (vivienda habitual) Muchos municipios bonifican la transmisión mortis causa entre familiares directos
Venta con pérdidas Si no hubo incremento de valor del suelo, la operación no está sujeta
Dación en pago Exenta en los supuestos previstos legalmente

Consulta los requisitos concretos en la ordenanza fiscal vigente de Guadalajara.

📞Datos de contacto

Gestión tributaria Ayuntamiento de Guadalajara — Oficina Tributaria
Teléfono 949 887 083
Sede electrónica sedeelectronica.guadalajara.es

❓Preguntas frecuentes

¿Quién paga la plusvalía en Guadalajara?

En una compraventa la paga el vendedor; en una donación, quien recibe; en una herencia, los herederos.

¿Tengo que pagar si vendí con pérdidas?

No. Si acreditas con las escrituras que no hubo incremento de valor del suelo no estás sujeto, pero debes presentar la declaración igualmente.

¿Qué pasa si no la presento en plazo?

Se generan recargos e intereses de demora. Conviene presentarla dentro de los 30 días hábiles (o 6 meses en herencias).

✔️ Plusvalía municipal en Guadalajara: datos 2026

  • Quién lo gestiona: Ayuntamiento de Guadalajara (gestión y recaudación municipal; ordenanza fiscal propia del IIVTNU)
  • Cómo se presenta: Autoliquidación / declaración ante el Ayuntamiento; puede elegirse el método objetivo o el real (plusvalía efectivamente obtenida), conforme al…
  • Plazos de presentación: 30 días hábiles desde la transmisión (p. ej., desde la firma ante notario) · herencia: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta 1 año más previa solicitud
  • Sede / pago online: guadalajara.es

Para el importe exacto y el detalle vigente, consulta siempre la sede electrónica del ayuntamiento. Más información en nuestra guía sobre la plusvalía municipal (IIVTNU).

✔️ Preguntas frecuentes

¿Quién gestiona la plusvalía municipal en Guadalajara?

La gestiona y recauda el propio Ayuntamiento de Guadalajara, que tiene su propia ordenanza fiscal del IIVTNU. El tipo máximo que puede fijar la ley es el 30%.

¿Qué plazo tengo para presentar la plusvalía en una venta?

En transmisiones entre vivos (venta, donación) dispones de 30 días hábiles desde la transmisión, por ejemplo desde la firma ante notario.

¿Y si he heredado el inmueble?

En herencias el plazo es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables hasta un año más si lo solicitas dentro de ese periodo.

¿Puedo no pagar plusvalía si he vendido con pérdidas?

Sí. Tras el RD-ley 26/2021, si demuestras que no ha habido incremento de valor del terreno (venta sin ganancia) no se paga el impuesto. Además puedes elegir el método (objetivo o real) que te resulte más favorable.

¿Cuál es el tipo de gravamen de la plusvalía en Guadalajara?

El tipo lo fija la ordenanza fiscal municipal, con un máximo legal del 30%. Para el porcentaje exacto vigente conviene consultar la ordenanza fiscal del IIVTNU en guadalajara.es.