La plusvalía es un tributo que se ha de pagar cada vez que se complementa la venta de un edificio. El fin de este tasa es conocer cuánto ha incrementado su valor con los años, y así cumplir con los aranceles que correspondan. Si has traspasado un inmueble últimamente, debes ir al Ayuntamiento de Torremolinos para que te expliquen cómo liquidar la plusvalía y evitar multas.
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Otras tasas a pagar
Cómo pagar la plusvalía
Hay varias maneras para abonar este gravamen, ya sea ingresando la totalidad del dinero, o pago a plazos, abonando una cantidad mes a mes. Para informarte debidamente, contacta con el Ayuntamiento de Torremolinos y pregunta cómo podrías abonar esta tasa.
- Dirección: Plaza Blas Infante, 1, 29620 Torremolinos, Málaga
- Teléfono: 952 37 94 00
- Email: –
Otros trámites asociados a la plusvalía
Foto del Ayuntamiento de Torremolinos
Otras oficinas
✔️ Plusvalía municipal en Torremolinos: datos 2026
- Quién lo gestiona: Patronato de Recaudación Provincial de Málaga (Diputación de Málaga); Torremolinos delegó la gestión y recaudación del IIVTNU y la tasa de basura por acuerdo…
- Cómo se presenta: autoliquidacion
- Tipo de gravamen: 28%
- Plazos de presentación: 30 días hábiles desde la transmisión · herencia: 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables a 1 año
- Teléfono: 952 37 94 00
- Sede / pago online: portalweb.prpmalaga.es
Para el importe exacto y el detalle vigente, consulta siempre la sede electrónica del ayuntamiento. Más información en nuestra guía sobre la plusvalía municipal (IIVTNU).
✔️ Preguntas frecuentes
¿Quién gestiona la plusvalía en Torremolinos?
Desde 2022 la gestiona el Patronato de Recaudación Provincial de Málaga (Diputación de Málaga), en quien Torremolinos delegó el IIVTNU. Los trámites se hacen a través de la oficina virtual del Patronato (prpmalaga.es) o presencialmente en sus oficinas con cita previa.
¿Cuánto se paga de plusvalía en Torremolinos?
El tipo de gravamen aplicado es del 28% sobre la base imponible del impuesto (el máximo legal es el 30%). La base se calcula por el método objetivo (valor catastral del suelo por coeficientes) o el real, aplicándose el que resulte menor.
¿Qué plazo hay para pagarla?
30 días hábiles desde la escritura en compraventas y donaciones, y 6 meses (prorrogables a un año) desde el fallecimiento en el caso de herencias.
¿Cuándo no se paga la plusvalía?
No se paga si no ha existido incremento de valor entre la compra y la venta (RD-ley 26/2021), acreditándolo con las escrituras. Además puedes elegir entre el método objetivo y el real y aplicar el que dé menor cuota.