El impuesto de la plusvalía se ha de pagar cada vez que se acaba vendiendo un inmueble. El fin de este gravamen es calcular cuánto se ha revalorizado con el tiempo, y así abonar los gravámenes que correspondan. Si has vendido un inmueble hace poco, debes acercarte al Ayuntamiento de Cornellá para conocer cómo liquidar la plusvalía y prevenir penalizaciones.
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Otras tasas a pagar
Cómo pagar la plusvalía
Hay varias formas para liquidar este gravamen, ya sea abonando la totalidad del dinero, o a plazos, abonando una cantidad todos los meses. Si quieres informarte mejor, habla con el Ayuntamiento de Cornellá y pregunta cómo podrías liquidar esta tasa.
- Dirección: Carrer d'Osona, 3, 08940 Cornellà de Llobregat, Barcelona
- Teléfono: 933 75 71 52
- Email: [email protected]
Otros trámites asociados a la plusvalía
Foto del Ayuntamiento de Cornellá
Otras oficinas
✔️ Plusvalía municipal en Cornellà de Llobregat: datos 2026
- Quién lo gestiona: Organisme de Gestió Tributària (ORGT) de la Diputació de Barcelona, que gestiona y recauda el IIVTNU para el municipio. Oficina del ORGT en Cornellà de…
- Cómo se presenta: Autoliquidación. Se presenta online en la web del ORGT (orgt.cat / orgt.diba.cat) o presencialmente con cita previa en la oficina del ORGT.
- Plazos de presentación: 30 días hábiles desde la fecha de la transmisión (compraventa o donación). · herencia: 6 meses desde el fallecimiento del causante, prorrogables hasta un año si lo…
- Sede / pago online: orgt.cat (autoliquidación y pago del IIVTNU)
Para el importe exacto y el detalle vigente, consulta siempre la sede electrónica del ayuntamiento. Más información en nuestra guía sobre la plusvalía municipal (IIVTNU).
✔️ Preguntas frecuentes
¿Quién gestiona la plusvalía municipal en Cornellà de Llobregat?
El Organisme de Gestió Tributària (ORGT) de la Diputació de Barcelona, que la gestiona y recauda para el Ayuntamiento. Tiene oficina en Cornellà, en Carrer de l’Ametller, 12.
¿Qué plazo tengo para pagar la plusvalía?
30 días hábiles desde la transmisión en compraventa o donación; 6 meses desde el fallecimiento en herencia, prorrogables hasta un año si se solicita dentro de plazo.
¿Cuál es el tipo de gravamen de la plusvalía en Cornellà?
Lo fija la Ordenanza Fiscal nº 4 del IIVTNU (artículos 7 y 8). El máximo legal es el 30%; conviene consultar la ordenanza vigente para el tipo concreto de 2026.
¿Dónde presento la autoliquidación?
Online en la web del ORGT (orgt.cat) con certificado digital o idCAT, o presencialmente con cita previa en la oficina del ORGT de Cornellà (Carrer de l’Ametller, 12).
¿Debo pagar plusvalía si vendí con pérdidas?
No. Desde el RD-ley 26/2021, si no hay incremento de valor del terreno no se paga; debes acreditarlo comparando las escrituras de adquisición y de transmisión.